Cada vez es más habitual, ante las dificultades para obtener avales bancarios, que los deudores con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, garanticen sus deudas constituyendo Hipoteca unilateral de sus bienes.
En estos supuestos el Principado de Asturias viene exigiendo al deudor hipotecante el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en reciente Sentencia de 14 de mayo de 2012, apartándose del criterio de otros Tribunales Superiores de Justicia, considera que la operación está exenta.
GARCIA MENENDEZ ABOGADOS, S.C.P.