Desde el pasado 27 de mayo no se precisa de licencia municipal para determinadas actividades comerciales minoristas y de servicios en establecimientos de menos de 300 ms2 útiles, así como para obras relacionadas con las anteriores que no precisen de Proyecto de Obras, ni para cambios de titularidad.
La licencia queda sustituida por la Declaración Responsable o Comunicación Previa y el establecimiento podrá funcionar desde el momento de su presentación, sin perjuicio de la ulterior comprobación municipal.
Los tributos locales se aplicarán a estas dos figuras en términos similares a la licencia urbanística.
GARCIA MENENDEZ ABOGADOS, S.C.P.