Garcia Menendez y Sanchez Muñiz
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12/02/2013

ZONA AZUL

La ampliación de la zona azul de Mieres es ilegal, según una sentencia judicial

Un magistrado de lo Contencioso-Administrativo anula una multa a un conductor porque el estacionamiento limitado se aprobó sin pasar por el Pleno

Un operario, pintando la zona azul en la calle Numa Guilhou en febrero de 2010.
Un operario, pintando la zona azul en la calle Numa Guilhou en febrero de 2010

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo considera ilegal la ampliación de la zona azul de Mieres a la calle Numa Guilhou al entender que el mecanismo usado por el Ayuntamiento, un bando del Alcalde en febrero de 2010, «debe ser considerado nulo de pleno derecho».

Esta sentencia, contra la que cabe recurso, podría dar al traste con el actual sistema de la zona azul de Mieres, ya que el juez ha enviado una cuestión de ilegalidad al Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), competente en esta materia.

El fallo se produjo a raíz de un recurso contra una multa que le impusieron a un conductor de Gijón, que había estacionado en la calle Numa Guilhou y había sido sancionado por incumplir la normativa de la zona azul gratuita de Mieres.

El recurso fue tramitado por el bufete ovetense «García Menéndez & Sánchez Muñiz Abogados», y en él alegaban que «el establecimiento de zonas de estacionamiento limitado es competencia del Pleno municipal, y habrá de ser ejercida mediante ordenanza», algo que en el caso de Mieres no se hizo porque se realizó a través de un bando del regidor, por entonces el socialista Luis María García.

De hecho, en la sentencia, el juez indica que la cuestión a resolver para anular la multa del recurrente (de 90 euros por aparcar sin el tique), «se circunscribe a determinar si el Alcalde puede, a través de un Bando, ampliar el ámbito de aparcamiento limitado, cuya regulación general se recoge en la Ordenanza Municipal de Tráfico». El Magistrado relata que «la Ordenanza es competencia del Ayuntamiento en Pleno, y esta potestad reglamentaria no es delegable. Deben ser elaboradas conforme al procedimiento establecido de aprobación inicial, información pública y aprobación definitiva, ya que dota a estas de mayores garantías de publicidad al tiempo que sustraen a la decisión unipersonal del regidor municipal el ejercicio de la potestad reglamentaria propiamente dicha». Además, basándose en una sentencia del Tribunal Supremo, el juez recuerda que los Bandos «tienen por objeto cuestiones de tono menor o mero carácter instrumental».

Por ello, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo indica que el Bando que ampliaba la zona azul a la calle Numa Guilhou «invade las competencias que no le son propias». En este sentido «al haberse dictado por órgano incompetente y fuera del procedimiento legalmente establecido sin que conste su publicación en el Boletín Oficial correspondiente, debe ser considerado nulo de pleno derecho», y por ello, también la sanción impuesta al conductor gijonés.

En el fallo, el juez también advierte de que al no ser materia suya declarar la nulidad del Bando que amplía la zona azul a la calle Numa Guilhou, procederá a plantear la correspondiente cuestión de ilegalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias sobre la ampliación de la zona azul.

El abogado que tramitó este recurso, Francisco Sánchez Muñiz, explicó que esta sentencia anularía todas las sanciones que el Ayuntamiento pueda imponer desde la emisión de la sentencia, o incluso todas aquellas que se hubieran impuesto con anterioridad.

La zona azul de Mieres lleva años siendo objeto polémica, sobre todo porque se pretende pasar del sistema gratuito a uno de pago. El Ayuntamiento de Mieres, una vez que se aborde la reordenación del tráfico en el municipio y se cuente con los aparcamientos subterráneos, pretende implantar la zona azul de pago. Por otro lado, los vecinos rechazan frontalmente que se cobre por aparcar en una ciudad como Mieres y los comerciantes llevan casi una década pidiendo que se establezca este sistema.

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