Garcia Menendez y Sanchez Muñiz
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25/02/2013

CATALOGO DE EDIFICIOS Y ELEMENTOS DE INTERES. AYTO. DE OVIEDO.

Comunicamos que en el BOPA del día de hoy se publica el Edicto del Ayuntamiento de Oviedo sobre Aprobación definitiva de introducción de diposición adicional 2ª en el Catálogo de Edificios y Elementos de Interés.

«Disposición adicional 2.ª»

«1.—Con independencia del mantenimiento del resto de las condiciones que rigen los edificios de las categorías P y, específicamente, los contenidos en las correspondientes fichas en las obras de reestructuración previstas en el art. III.3.3 los coeficientes de conservación de los elementos estructurales que se regulan en el art. III 3.2.3 podrán ser modificados razonadamente para adaptarlos a la realidad del estado actual de conservación del edificio y a las necesidades de adaptación a la Adecuación de Habitabilidad exigida por la Normativa del Plan General o por las sectoriales de aplicación, previa redacción de un estudio previo de las características histórico-arquitectónicas del edificio y de su estado actual ajustado a lo señalado en el art II .4.2.A.

Este Estudio Previo, previamente a ser remitido para informe por la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural, el cual será vinculante, ha de contar con el informe favorable de los técnicos municipales del Ayuntamiento de Oviedo que comprobarán la veracidad del citado estudio y valorarán los elementos parciales a mantener.

2.—En los supuestos de reestructuración total consecuentemente con la actuación permitida, se ponderará la condición de construcción de garaje-aparcamiento bajo rasante siempre que se preserve o respete el diseño de la fachada y lo permitan las condiciones del tráfico y ordenación de la vía o vías a las que se recaiga el edificio.”

Tercero.—Notificar el presente acuerdo a los alegantes a que se refiere el apartado primero, adjuntando copia del informe técnico de 1 de septiembre de 2011.

Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (CUOT A), dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 96 del TROTU y publicarlo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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